Ley Foral 15/2006 · Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales.
Ley Foral 15/2006 Art. 62
TÍTULO VI
Artículo 62. Carácter de la intervención de los profesionales.
1. La intervención en servicios sociales tiene un carácter interprofesional con el objetivo de ofrecer una atención integral.
2. Reglamentariamente se establecerán las titulaciones y las ratios de cada equipo de trabajo multiprofesional que actúe en los servicios sociales, y las principales funciones de cada uno de sus componentes que serán establecidas de acuerdo con los objetivos y características de cada servicio, garantizando una cobertura adecuada y un trato digno a los destinatarios.