Ley 1/2007 Art. 10
CAPÍTULO II
Artículo 10. Etiqueta verde de productor de energía eléctrica.
1. Los productores de energía eléctrica con sede en Castilla-La Mancha, cuya producción con fuentes de energías renovables supere el 30 % de su producción total, tendrán derecho, previa solicitud, al uso de una etiqueta que certifique que su producción contribuye a la sostenibilidad medioambiental.
2. Este certificado se denominará «Etiqueta Verde» y será otorgado por la Dirección General competente en materia de energía.