Ley 2/2008 Art. 3
Artículo 3. Validez de los títulos y diplomas propios de las universidades, reconocidos por la Generalitat.
Los títulos y diplomas propios de las universidades del Sistema Universitario Valenciano, reconocidos por la Generalitat, se diseñarán atendiendo a la homologación de criterios con el Espacio Europeo de Educación Superior, y reconocerán su especial calidad y diseño.
Todos los títulos y diplomas propios de las universidades tendrán la misma validez, a sus efectos, en toda la Comunitat Valenciana.