Real Decreto 716/2009 Art. 34
Sección 5
Artículo 34. Seguro.
Las entidades participantes en el mercado hipotecario podrán asegurar, además, el pago del principal e intereses de la participación mediante la contratación de un seguro a favor del partícipe para la cobertura del principal e intereses, y a cargo de la entidad emisora.