Ley 5/2010 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Redistribución de efectivos.
La Administración regional elaborará un plan general de redistribución de efectivos, previa negociación con las organizaciones sindicales, en los términos establecidos en el artículo 52.2 del Decreto Legislativo 1/2001, de 6 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, que deberá estar concluido el 31 de mayo de 2011.