Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Real Decreto 1026/2011 · Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.

Real Decreto 1026/2011 Art. 27

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 27. Régimen singular de cotización.

1. Están sometidos al régimen singular de cotización:

a) Los mutualistas obligatorios en alta en situación de servicios especiales a los que no se les practique la retención de cuota en la retribución de su puesto de trabajo o cargo efectivo que desempeñen, y no perciban trienios a través de su destino de origen, o los perciban en cuantía insuficiente para cubrir la cotización que les corresponda.

b) Los mutualistas que soliciten el mantenimiento facultativo del alta.

2. El Régimen singular consiste en el pago de las cuotas directamente por el mutualista mediante el procedimiento que se establezca por la Mutualidad General Judicial.