Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 1/2006 · Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas.

Ley 1/2006 Art. 51

CAPÍTULO VIII

In KraftAmtlicher Text

Artículo 51. Gestión.

1. La gestión del canon del agua corresponde a la Agencia Vasca del Agua, que lo percibe directamente de los sujetos pasivos contribuyentes y en los términos de lo establecido en esta ley.

2. Los actos de gestión, liquidación e inspección de la Agencia Vasca del Agua en la gestión del impuesto quedan sujetos, en lo no previsto en esta ley, a la normativa general de tributos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

3. Los sujetos pasivos contribuyentes que realicen suministros de agua a usuarias y usuarios deberán aportar información relativa al impacto del canon del agua en la factura que emitan a estos usuarios y usuarias.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2022-01-01