Acuerdo de 28 de febrero de 2011 Art. 22
Sección 2
Artículo 22. Disponibilidad de locales o espacios.
El Consejo General del Poder Judicial tratará de favorecer que en los edificios destinados a Juzgados y Tribunales las autoridades correspondientes dispongan de locales o espacios para la realización de actividades asociativas en dichos edificios.