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Real Decreto 347/2011 · Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores.

Real Decreto 347/2011 Art. 14

CAPÍTULO V

In KraftAmtlicher Text

Artículo 14. Instrumentos de captura.

1. Únicamente está permitido el arpón manual o impulsado por medios mecánicos y que podrá tener una o varias puntas.

2. Se prohíbe la práctica de la pesca submarina de recreo cuando se lleve a bordo de la embarcación, simultáneamente, instrumentos de captura de pesca submarina y equipos de respiración en inmersión.