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Ley 2/2011 · Ley 2/2011, de 22 de marzo, del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana.

Ley 2/2011 Art. 110

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 110. Infracciones leves.

Son infracciones leves:

1. La falta de respeto de los espectadores, deportistas y demás usuarios de las instalaciones deportivas cuando no produzcan una alteración del orden público.

2. La no facilitación de los datos solicitados para la elaboración y actualización del censo de instalaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

3. La participación en competiciones oficiales sin la previa inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.

4. El descuido o abandono en la conservación y cuidado de las instalaciones deportivas y en el mobiliario o equipos deportivos.

5. El incumplimiento de cualquier otro deber u obligación establecidos por la presente ley, o en su desarrollo reglamentario, cuando no tengan la calificación de infracción grave o muy grave.

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