Ley 2/2011 Art. 30
CAPÍTULO II
Artículo 30. Cumplimiento del ordenamiento jurídico.
La administración deportiva podrá recabar de los organizadores la acreditación del cumplimiento de los requisitos legales exigidos.
CAPÍTULO II
Artículo 30. Cumplimiento del ordenamiento jurídico.
La administración deportiva podrá recabar de los organizadores la acreditación del cumplimiento de los requisitos legales exigidos.