Ley 7/2011 Art. 61
Sección 2
Artículo 61. Tipificación general.
Sin perjuicio de las infracciones que, en su caso, pudieran establecerse en la legislación sectorial y, en particular, en la normativa ambiental, constituyen infracciones administrativas a lo dispuesto en esta ley las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas en los artículos siguientes.