Orden HAP/2105/2012 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
1. Esta orden será de aplicación a las obligaciones de remisión de información, periódicas, no periódicas y a cualquier otra petición de información adicional que se formule por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en el ejercicio de sus propias competencias al resto de Administraciones, y, en particular, a las que deriven del cumplimiento de las obligaciones de suministro de información y transparencia establecidas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y en otras disposiciones nacionales y comunitarias en materia de transparencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
2. La presente Orden también será de aplicación a la publicación para conocimiento general que se haga de la mencionada información.