Real Decreto 1484/2012 Art. 9
CAPÍTULO III
Artículo 9. Sucesión de empresas.
A los efectos de lo establecido en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/995, de 24 de marzo, el nuevo empresario quedará subrogado en las obligaciones derivadas del pago de la aportación económica a que se refiere este real decreto.