Ley 7/1982 · Ley 7/1982, de 30 de junio, de Salud Escolar.
Ley 7/1982 Art. 10
CAPÍTULO II
Artículo 10.
Todos los profesores y personal no docente de los Centros a que se refiere esta Ley, deberán ser sometidos a un examen de salud al comienzo del curso escolar, cuyas características se determinarán reglamentariamente y sus resultados se anotarán en el documento sanitario correspondiente.