Ley 7/1981 · Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno.
Ley 7/1981 Art. 63
CAPÍTULO III
Artículo 63
Serán nulos de pleno derecho los preceptos de las normas reglamentarias que infrinjan lo establecido en otras de rango superior.
Ley 7/1981 · Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno.
CAPÍTULO III
Artículo 63
Serán nulos de pleno derecho los preceptos de las normas reglamentarias que infrinjan lo establecido en otras de rango superior.