Real Decreto 1082/2012 Art. 28
CAPÍTULO III
Artículo 28. Información periódica de las IIC de carácter no financiero.
Sin perjuicio de lo dispuesto en los dos artículos anteriores, la CNMV podrá determinar las especialidades aplicables al contenido de los informes anual y semestral de las IIC de carácter no financiero.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2023-11-10