Ley 3/2013 Art. 32
TÍTULO TERCERO
Artículo 32. Órgano autonómico de coordinación y participación.
1. Existirá un órgano colegiado cuya finalidad será la de constituirse como un instrumento de coordinación de carácter consultivo y deliberante y como cauce de participación de las distintas instituciones y agentes sociales relacionados con la inmigración en las políticas de integración de los inmigrantes que lleve a cabo la Administración de la Comunidad.
2. Estará adscrito orgánica y funcionalmente a la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de políticas migratorias.
3. En la normativa de desarrollo se concretarán su composición, organización y funciones.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2014-09-20