Real Decreto 1072/2014 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Disposiciones y actos administrativos.
1. La Agencia en el ejercicio de sus competencias podrá adoptar:
a) Resoluciones del Presidente de la Agencia.
b) Resoluciones del Consejo Rector.
c) Resoluciones, instrucciones, y protocolos de actuación del Director de la Agencia.
2. Los actos y resoluciones dictados por el Consejo Rector, el Presidente o el Director de la Agencia en el desarrollo de funciones públicas agotarán la vía administrativa, excepto los dictados en materia tributaria donde serán recurribles en vía económico-administrativa, sin perjuicio, en todos los casos, del posterior acceso a la jurisdicción contencioso-administrativa.