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Ley 16/2014 · Ley 16/2014, de 4 de diciembre, de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea.

Ley 16/2014 Art. 34

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 34. Apoyo a la internacionalización de la sociedad civil.

1. La Generalidad promueve la proyección internacional de las entidades y organizaciones de la sociedad civil de los ámbitos empresarial, sindical, social, de la comunicación, de la cooperación y ayuda al desarrollo, de la cultura, del fomento de la paz y los derechos humanos o del deporte que puedan participar activamente en entidades afines de ámbito internacional, con el objetivo de maximizar la presencia e influencia de Cataluña en el exterior.

2. El Gobierno debe mantener una interlocución continua con los centros de estudio, formación e investigación presentes en Cataluña con dedicación al ámbito de las relaciones internacionales, y con los centros universitarios y escuelas de negocios que cuenten con amplia experiencia geográfica y sectorial, reconocida internacionalmente, en esta materia. El Gobierno debe hacer partícipes de su acción exterior a estas instituciones y debe asociarlas como canales de transmisión hacia la sociedad civil de Cataluña y del exterior.

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