Orden ECD/1152/2014 Art. 2
Artículo 2. Acceso general a los servicios de la Biblioteca Nacional de España.
El Museo, las exposiciones y la Sección de Información General y Carnés de la Biblioteca son de libre acceso, sin perjuicio de que en caso necesario pueda ser exigida la presentación del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de otros países; así como las medidas de control de seguridad para personas y objetos personales.
Para acceder al resto de los servicios, salas y fondos de la Biblioteca Nacional de España, a los efectos de consulta e investigación, será necesario estar en posesión del correspondiente carné expedido por la propia Biblioteca.
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