Orden ECD/1152/2014 Art. 5
Artículo 5. Duración, condiciones de validez y renovación.
Los carnés que emite la Biblioteca Nacional de España tendrán una validez de cinco años.
La validez de los carnés regulados por la presente orden estará condicionada a que su utilización no afecte al normal funcionamiento de la Biblioteca o a la conservación de sus fondos, en cuyo caso, así como cuando se aprecie que no concurren las circunstancias que supusieron el otorgamiento del carné, se procederá a su retirada.
Cualquier modalidad de carné podrá ser renovado por la Biblioteca Nacional de España a solicitud del interesado.
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- Vigente desde 2022-04-17