Orden ECD/1152/2014 Art. 6
Artículo 6. Documentación.
Para la obtención de cada uno de los carnés de la Biblioteca Nacional de España será necesario cumplir los siguientes requisitos:
a) Presentar, debidamente cumplimentado, el impreso de solicitud.
b) Acreditar la personalidad del solicitante mediante presentación del Documento Nacional de Identidad en vigor o documentos equivalentes.
c) Subsanar la falta o acompañar los documentos preceptivos y presentar la información complementaria o las aclaraciones que la Biblioteca Nacional de España considere necesaria para la obtención del correspondiente carné.
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