Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Real Decreto 636/2014 · Real Decreto 636/2014, de 25 de julio, por el que se crea la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas y se regula la remisión de información por el Banco de España y las entidades financieras al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Real Decreto 636/2014 Art. 5

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. Sujetos obligados al suministro de la información.

1. Están obligados al suministro de la información al responsable de la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas, a través de la propia Central:

a) Los centros directivos del Ministerio de Hacienda responsables de la información, así como sus entidades u organismos dependientes o vinculados.

b) Los centros directivos del resto de Departamentos Ministeriales en los que se estructura la Administración General del Estado, así como sus entidades u organismos dependientes o vinculados.

2. Los sujetos a los que se refiere el apartado anterior estarán obligados a proporcionar, de oficio, a la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas, con carácter periódico e individual, los datos e información necesaria a que se refiere el artículo 3 de este real decreto, de forma que esté permanentemente actualizada. Asimismo, deberán atender los requerimientos de información que a estos efectos les formule el responsable de la mencionada Central.

3. El cumplimiento de la obligación de suministro de información a la Central de Información económico-financiera de las Administraciones Públicas no exime a los sujetos mencionados en el apartado primero de este artículo de sus obligaciones y responsabilidad respecto al contenido de la información suministrada, su archivo y custodia.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2019-12-29