Ley 4/2014 · Ley 4/2014, de 26 de junio, de Fundaciones Bancarias de Aragón.
Ley 4/2014 Art. 7
CAPÍTULO III
Artículo 7. Órganos de gobierno.
Los órganos de gobierno de las fundaciones bancarias serán el patronato, las comisiones delegadas de éste que prevean los estatutos, el director general y los demás órganos delegados o apoderados del patronato que, en su caso, prevean sus estatutos de acuerdo con la normativa general de fundaciones.