Resolución de 3 de julio de 2014 Art. 73
CAPÍTULO VIII
Regla 73. Disposiciones generales.
1. Los libros auxiliares, registros y estados de situación del fondo de maniobra son el libro auxiliar de pagos por el fondo de maniobra, el libro auxiliar de operaciones presupuestarias pendientes de formalizar, el libro auxiliar de operaciones no presupuestarias pendientes de formalizar, el libro auxiliar de descuentos pendientes de formalizar, el registro diario de documentos del fondo de maniobra generados en el centro, el registro diario de documentos del fondo de maniobra generados por otros centros, el estado de situación tesorería, el arqueo de caja, la conciliación bancaria y el estado de situación de fondos.
2. Los libros auxiliares del fondo de maniobra y los estados de situación del fondo de maniobra se adecuarán a los modelos recogidos en los anexos VI y VII, respectivamente, de esta Instrucción.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2022-11-03