Ley 16/2014 Art. 7
Subsección 1
Artículo 7. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa el examen de la documentación necesaria para la verificación por parte de la CNMV del cumplimiento de los requisitos para la admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, exigible de acuerdo con la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y por sus disposiciones de desarrollo.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2023-04-07