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Real Decreto 845/2015 · Real Decreto 845/2015, de 28 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Comisión General de Codificación.

Real Decreto 845/2015 Art. 20

Sección 1

In KraftAmtlicher Text

Artículo 20. Ponencias y grupos de trabajo.

1. El Presidente de la Comisión, a propuesta del Presidente de la Sección correspondiente, podrá constituir, en el seno de las Secciones, ponencias para el estudio de temas concretos, designando para integrarlas a los vocales de la Sección que parezca procedente, así como a los vocales adscritos a tal efecto. Las ponencias estudiarán la materia encomendada y presentarán, en el plazo señalado, el resultado del trabajo al Presidente de la Sección.

2. Cuando el Presidente de la Comisión considere conveniente la constitución de grupos de trabajo designará a los vocales de las Secciones que hayan de integrarse en los mismos, así como a los vocales adscritos a tal efecto. Los grupos de trabajo estudiarán la materia encomendada y presentarán, en el plazo señalado, los resultados del trabajo directamente al Presidente de la Comisión.