Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Ley 8/2015 Art. 117
CAPÍTULO I
Artículo 117. Graduación de las multas.
De conformidad con los criterios establecidos en los artículos anteriores, la sanción de multa podrá imponerse en los grados mínimo, medio y máximo:
a) Para las infracciones leves: entre 100 y 250 euros en su grado mínimo; de 251 a 500 euros en su grado medio, y de 501 a 1.000 euros en su grado máximo.
b) Para las infracciones graves: de 1.001 a 2.000 euros en su grado mínimo; de 2.001 a 5.000 euros en su grado medio; de 5.001 a 10.000 euros en su grado máximo.
c) Para las infracciones muy graves: de 10.001 a 15.000 euros en su grado mínimo; de 15.001 a 20.000 euros en su grado medio; de 20.001 a 50.000 euros en su grado máximo.