Ley 1/2015 · Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón.
Ley 1/2015 Art. 72
CAPÍTULO I
Artículo 72. De la financiación.
El presupuesto anual de la Comunidad Autónoma de Aragón destinará una partida económica para conservar, potenciar, fomentar y controlar la riqueza cinegética de la Comunidad Autónoma de Aragón.