Ley 3/2015 Art. 24
CAPÍTULO VI
Artículo 24. Contenido del Reglamento de Régimen Interior.
1. En el Reglamento de Régimen Interior constarán, al menos, los siguientes extremos:
a) La estructura del Pleno, sus funciones, el número y forma de elección de los miembros del Comité Ejecutivo y las normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno.
b) Procedimiento de apertura, gestión y cierre de las delegaciones territoriales.
c) Procedimiento de aprobación y revisión de las actividades privadas a desarrollar por la Cámara.
d) Régimen, procedimiento de contratación e incompatibilidades del personal de la Cámara.
e) Mecanismos adecuados para asegurar el normal funcionamiento de la Cámara en lo no previsto en la presente Ley y en sus normas de desarrollo complementario.
f) Cualesquiera otros conceptos establecidos por la presente Ley o su normativa de desarrollo.
2. Se incluirán como Anexos al Reglamento de Régimen Interior la estructura y la composición del Pleno en lo referente a su distribución por grupos y categorías, así como el régimen de personal al servicio de la Cámara.