Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 3/2015 · Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Ley 3/2015 Art. 49

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 49. Terrenos enclavados.

1. Se considerarán enclavados de un terreno cinegético, los terrenos que no perteneciendo a aquel, se encuentren en su interior o linden al menos en tres cuartas partes de su perímetro y no pertenezcan a ningún otro.

2. La superficie enclavada que se encuentre en el interior del terreno cinegético, no podrá superar el 30% de la superficie total de este.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2018-04-15