Ley 4/2016 Art. 6
CAPÍTULO II
Artículo 6. Formas de ejercicio.
La función de asesoramiento de la Asesoría Jurídica General se ejercerá mediante la consulta, consejo y asesoramiento jurídico, la realización de notas, informes y dictámenes razonados en derecho, tanto preceptivos como facultativos, la participación en la elaboración de las disposiciones de carácter general, la asistencia a órganos colegiados y el bastanteo de poderes, de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones orgánicas de la Asesoría Jurídica General.