Real Decreto 256/2016 Art. 5
CAPÍTULO II
Artículo 5. Especificaciones.
5.1 Especificaciones de los cementos sujetos al marcado CE.
Los cementos sujetos al marcado CE que figuran en el Anejo I de esta Instrucción deberán cumplir con las especificaciones que en él se prescriben.
5.2 Especificaciones de los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre.
Los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre que figuran en el Anejo II de esta Instrucción deberán cumplir con las especificaciones que en él se prescriben.
Cuando una norma armonizada incluya a alguno de los cementos contemplados en el Anejo II y por lo tanto pase a disponer de marcado CE, pasará a cumplir con las especificaciones que en la citada norma se prescriba a partir del final del período de coexistencia.
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