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Ley 2/2016 · Ley 2/2016, de 1 de julio, de medidas financieras y de gestión presupuestaria y de creación de tarifas por expedición de licencias interautonómicas de caza y pesca.

Ley 2/2016 Art. 6

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 6. Modificación de la Ley del Principado de Asturias 10/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de Asturias.

La Ley del Principado de Asturias 10/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen ayudas sociales a las personas con hemofilia u otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C como consecuencia de haber recibido tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de Asturias, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 1, en los términos siguientes:

«1. Se reconoce una ayuda social por importe de 12.020,24 euros para las personas afectadas de hemofilia u otras coagulopatías congénitas, contaminadas por virus de hepatitis C (VHC) a consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de Asturias, que, a estos efectos, estén incluidas en el censo definitivo previsto en el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, Administrativas y del Orden Social.»

Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 2, en los términos siguientes:

«2. Se realizarán dos convocatorias, una en 2015 y otra en 2016.

Las ayudas correspondientes a la convocatoria de 2015 se abonarán en tres plazos, con cargo a los ejercicios presupuestarios de 2015, 2016 y 2017, por importe, respectivamente, de 3.000, 4.500 y 4.520,24 euros.

Las ayudas correspondientes a la convocatoria de 2016 se abonarán en dos plazos, con cargo a los ejercicios presupuestarios de 2016 y 2017, por importe, respectivamente, de 7.500 y 4.520,24 euros. No podrán participar en esta convocatoria quienes hubieran obtenido una ayuda al amparo de la convocatoria de 2015.»