Orden ECD/1663/2016 Art. 22
CAPÍTULO IV
Artículo 22. Admisión a las enseñanzas de grado ofertadas por la UNED.
A los candidatos que superen el procedimiento de acceso a la UNED mediante la acreditación de experiencia laboral o profesional les serán de aplicación las normas de admisión a los estudios de grado aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UNED, de acuerdo con lo establecido en la memoria de verificación de cada título de grado.