Real Decreto 727/2017 Art. 7
CAPÍTULO I
Artículo 7. Relación con la Administración.
El Consejo General y, en su caso, los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, se relacionarán con la Administración General del Estado y el resto de las Administraciones Publicas a través del Ministerio, Consejería o Departamento, que tenga atribuidas las competencias en materia de Agricultura en cada momento.