Ley 7/2017 · Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
Ley 7/2017 Art. 36
CAPÍTULO II
Artículo 36. Derechos sindicales.
Se garantiza el ejercicio de los derechos sindicales a todos los efectivos de la Policía Local de Extremadura en los términos que determine la legislación vigente y, en particular, pueden afiliarse a partidos políticos, sindicatos y asociaciones profesionales o de otra índole, sin que este motivo pueda ser causa de discriminación.