Decreto Foral Legislativo 1/2017 Art. 89
CAPÍTULO II
Artículo 89. Clasificación del suelo en municipios sin planeamiento.
En los municipios que carezcan de planeamiento que clasifique suelo, los terrenos que no tengan la condición de urbano de conformidad con los criterios establecidos en el artículo siguiente, tendrán la consideración de suelo no urbanizable.