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Real Decreto 112/2017 · Real Decreto 112/2017, de 17 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario Militar.

Real Decreto 112/2017 Art. 37

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 37. Participación del interno en el tratamiento.

1. Se estimulará la participación del interno en la planificación y ejecución de su tratamiento. Con este fin, los miembros del Equipo de Observación y Tratamiento le informarán de los objetivos, instrumentos y plazos más adecuados para conseguirlo.

2. En el diseño de los talleres o actividades de los programas de formación militar que se establezcan podrán participar los propios presos o penados militares, en la medida que acrediten la capacidad y competencia necesaria.

3. El tratamiento penitenciario tendrá carácter voluntario, y a tal efecto el interno podrá rechazarlo libremente o no colaborar en su realización, sin que de ello puedan derivarse consecuencias disciplinarias, regimentales ni de regresión de grado. En todo caso se informará al interno del valor del tratamiento y su evolución para la progresión de grado.