Real Decreto 656/2017 Art. 38
CAPÍTULO VII
Artículo 38. Instalaciones, materiales y equipos eléctricos.
1. Todas las instalaciones, equipos y materiales eléctricos cumplirán las exigencias de los reglamentos eléctricos de alta y baja tensión que les afecten.
2. La protección contra los efectos de la electricidad estática y las corrientes que puedan producirse por alguna anormalidad se establecerá mediante las puestas a tierra de todas las masas metálicas.