Orden CUD/769/2018 Art. 55
CAPÍTULO VII
Artículo 55. Gastos subvencionables y cuantía.
Dentro de las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria se determinará la cuantía total destinada a estas ayudas, así como los gastos subvencionables y los límites máximos de los mismos respecto del total del importe de la subvención. La ayuda no podrá superar el 50% del presupuesto presentado para su realización.