Orden PCI/978/2018 Art. 8
CAPÍTULO I
Artículo 8. Duración de la enseñanza de formación de oficiales.
La enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales tendrá la siguiente duración:
a) Para los alumnos que ingresen en esta enseñanza por el sistema de acceso directo sin titulación universitaria: un total de cinco cursos académicos.
b) Para los alumnos que ingresen en esta enseñanza por promoción profesional: un total de dos cursos académicos.