Orden APM/111/2018 Art. 7
TÍTULO II
Artículo 7. Control oficial.
El Consejo Regulador de la DOP «Cava» promoverá su acreditación como organismo de certificación de producto de conformidad con la norma UNE-EN ISO /IEC 17065/2012 o norma que la sustituya para la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones de la citada DOP.