Orden ICT/155/2020 Art. 6
ANEXO XXI
Apartado 6. Ensayos y errores máximos permitidos en la verificación después de reparación o modificación y en la verificación periódica.
Los errores máximos permitidos y los ensayos a realizar serán los indicados en los apéndices III y IV de este anexo, respectivamente.
Estos instrumentos deberán seguir cumpliendo los requisitos que dieron origen a su comercialización y puesta en servicio.