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Decreto-ley 5/2012 · Decreto-ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.

Decreto-ley 5/2012 Art. 19

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 19. Jornada del personal docente de los centros públicos.

1. A partir del curso 2012-2013, en los centros públicos la jornada general del personal docente será de treinta y siete horas y treinta minutos semanales.

2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, el régimen relativo al número de horas de presencia obligada en el centro del personal docente de los centros públicos de educación infantil, primaria y secundaria, y también las eventuales modificaciones del régimen vigente, se regirá por lo que disponga el Consejo de Gobierno, mediante acuerdo, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de educación, en el marco de la legislación aplicable.

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