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Decreto Legislativo 1/2005 · Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.

Decreto Legislativo 1/2005 Art. 77

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 77. El presupuesto de la obra benéfico-social.

1. El consejo de administración de cada caja, considerando los proyectos que de acuerdo con lo previsto en el artículo 75.º deban realizarse, elaborará el presupuesto anual de la obra benéfico-social, que deberá someterse a la asamblea general, y se comunicará seguidamente a la Consellería de Economía y Hacienda a los efectos previstos en el artículo 74.º3 de este texto refundido.

2. Transcurrido el período presupuestario, el Consejo rendirá cuentas igualmente de su ejecución.