Decreto Legislativo 2/2015 Art. 30
Sección 1
Artículo 30. Concepto.
1. La asamblea general de la cooperativa es la reunión de los socios y socias, constituida para deliberar y adoptar por mayoría acuerdos en las materias de su competencia.
2. Los acuerdos de la asamblea general obligan a todos las personas socias, incluso a las ausentes y disidentes, salvo que, tratándose de uno de los acuerdos previstos en el artículo 36.6, el socio o socia disconforme cause baja en la cooperativa conforme establece el artículo 22.3.