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Real Decreto 2826/1980 · Real Decreto 2826/1980, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

Real Decreto 2826/1980 Art. 33

CAPÍTULO V

In forceOfficial text

Artículo 33.

Las Delegaciones Territoriales cuyo volumen alcance un número de colegiados equivalente al 5 por 100 del total nacional elegirán sus Juntas de Gobierno por análogo procedimiento y en las mismas condiciones señaladas en este capítulo.

Las citadas Juntas se compondrán, en cuanto a número de miembros, de aquellos que la Delegación Territorial considere necesarios para el eficaz desarrollo de sus actividades, pero en todo caso deberán contar como mínimo de Decano-Presidente, Secretario, Tesorero e Interventor. De su elección se dará cuenta a la Junta del Colegio Nacional.