Bibliothèque juridique et analyse de dossiers · Autriche · Belgique · Union européenne
LAWxPERT Connexion Compte gratuit

Decreto Legislativo 1/2014 · Decreto Legislativo 1/2014, de 23 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos propios.

Decreto Legislativo 1/2014 Art. 49

CAPÍTULO IV

En vigueurTexte officiel

Artículo 49. Padrón de contribuyentes.

1. El impuesto se gestiona mediante padrón, que se publicará anualmente en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y será elaborado por el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias a partir de los datos que los sujetos pasivos manifiesten en las declaraciones que están obligados a presentar de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 50 y 51, o, en su caso, de los que resulten de la investigación y comprobación administrativa, y, en particular, atendiendo a la información que se deduce de las correspondientes autorizaciones administrativas.

2. El padrón se expondrá al público del 1 al 15 de septiembre de cada año.